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Cantón Carora 🔍

Cantón integrante de la provincia de Carabobo en 1824 según relata el autor del texto.

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Cantón Pao 🔍

Enumerado por el autor del texto como uno de los cantones pertenecientes a Carabobo en 1824.

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Cantón Quibor 🔍

Uno de los cantones que formaban parte de Carabobo en la división de 1824 según el autor del texto.

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Cantón San Carlos 🔍

Mencionado por el autor del texto como parte de la provincia de Carabobo en la división territorial de 1824.

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Cantón San Felipe 🔍

Mencionado por el autor del texto como integrante de la provincia de Carabobo en 1824.

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Cantón Valencia 🔍

Mencionado por el autor del texto como uno de los cantones que integraban la provincia de Carabobo según la ley de 1824.

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Cantón Yaritagua 🔍

Mencionado por el autor del texto como parte de Carabobo en el año 1824.

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Carabobo 🔍

Según el autor del texto, fue creada mediante la ley de división político territorial del 25 de Junio de 1824 de la República de Colombia. Originalmente abarcaba territorios de los actuales estados Cojedes, Lara, Yaracuy y zonas de Aragua como Ocumare, Cata, Cuyagua y Turiamo.

capital: Valencia
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Casas de Tejas 🔍

Según Alexis Coello, fue una posesión de tierras destinada por resolución del Ejecutivo Nacional en 1866 para ser distribuida entre los servidores de la causa Federal. Sus linderos abarcaban desde el terreno de Sanchón hasta Alpargatón, limitando al norte con el mar y al sur con las cumbres de la serranía. Posteriormente pasó a ser patrimonio de gobernantes gomecistas, propiedad de la nación y finalmente vendida al general Mazzei Carta en 1955.

linderos: Naciente: Sanchón; Poniente: Alpargatón; Norte: el mar; Sur: cumbres altas
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Juan José Mora 🔍

Según Alexis Coello, fue el hijo epónimo de Morón y jefe federalista autorizado en 1866 para distribuir las tierras de 'Casas de Tejas' entre los combatientes de la Federación. Murió sin poder ejecutar dicha medida justiciera.

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📖 Consulta de Documentos Originales
Crónica Web #160

Apuntes de Carabobo

Apuntes de Carabobo
La entidad federal que se denomina Carabobo fue creada mediante la ley de división político territorial del 25 de Junio de 1824 de la República de Colombia.
El extenso territorio colombiano comprendía las naciones actuales de Colombia, Venezuela, Ecuador y Panamá y estaba dividido en departamentos, provincias y cantones.
Los departamentos eran: Nueva Granada, (Colombia), Venezuela y Quito (Ecuador).
Venezuela estaba dividida en dos provincias, la de Caracas y la de Carabobo, Capital Valencia.
Las provincias se subdividían en cantones, siendo los de Carabobo los siguientes: cantón Valencia, cantón Puerto Cabello (incluía a Morón y Alpargatón) cantón Ocumare, cantón San Carlos, cantón Pao, cantón Nirgua, cantón San Felipe, cantón Quibor, cantón Barquisimeto, cantón Yaritagua, cantón Carora.
Como podemos observar Carabobo abarcaba en su conjunto un vasto territorio que anexaba a porciones territoriales del estado Aragua (Ocumare, Cata.
Cuyagua y Turiamo), a parte del estado Cojedes, Lara y Yaracuy.
Las sucesivas modificaciones de la ley político territorial de las entidades federales que conformaron el estado Venezolano después de 1832 fue reduciendo progresivamente el territorio de Carabobo hasta convertirlo en uno de los estados más pequeños de Venezuela desde el punto de vista de su espacio geográfico.
Para el año arriba mencionado se creó la provincia de Barquisimeto separándola de Carabobo, la cual incluyó los estados actuales de Lara y Yaracuy, excluyendo al cando a Carabobo.
La parroquia tón Nirgua que seguía pertenecienUrama se quedó en jurisdicción de Nirgua hasta 1835 que pasa a ser parte de Montalbán y de allí llega a ser parte del cantón Puerto Cabello en 1856.
Las divisiones político territoriales o los cambios de jurisdicciones de los cantones y parroquias se sucedían con mucha frecuencia por lo que no eran definitivos, obedecían mas bien a los intereses y capricho de los gobernantes de turno y no a una política seria y planificada del estado Venezolano.
Por ejemplo, se nota lo que hemos afir-mado anteriormente cuando se le otorga al estado Aragua el cantón q Ocumare (con el Puerto y el Valle b de Turiamo) a cambio del municipio Belén para Carabobo; cambio a todas luces desfavorable para este último donde se ve la mano interventora del General Gómez, quien residía en Maracay y deseaba una zona costera para el estado Aragua.
Caso similar fue el cambalache de Barbacoa (que pasa al estado Aragua) por San Juan de los Morros (que pasó a Guárico). Todas estas transformaciones de las leyes político territoriales, que son la base limítrofes y jurídicas de las entidades federales, forman parte de la evolución histórico política municipios o parroquias que nunca de los estados, ciudades, llegan a una conformación definitiva porque debe adaptarse a las nuevas realidades sociales, económicas y políticas del devenir histórico de nuestro país.
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Crónica Web #431

Libro Crónicas desde Morón - Casas de Tejas

Libro Crónicas desde Morón - Casas de Tejas
A propósito de la venta de los terrenos municipales por parte del Ayuntamiento moronense resulta pertinente rememorar algunos aspectos relacionados con la tenencia de la tierra en nuestro municipio.
Bien sabido es que un tiempo después del descubrimiento y la conquista de Venezuela, la corona española ordenó el repartimiento de tierras entre los conquistadores y avanzados con la finalidad de hacer posible el poblamiento de tierras incultas, otras veces se practicó en forma descarada el despojo a la comunidades indígenas. Esto conllevó a la concentración de la propiedad territorial en manos de los blancos criollos. Durante y después de la Guerra de Independencia sobrevinieron nuevos propietarios: los héroes y caudillos militares del momento.
Ya en la vida republicana se suscitaron una serie de guerras intestinas cuyo objetivo era la búsqueda del poder y, generalmente el éxito se coronaba con el apropiamiento de nuevas tierras por parte de los generales y oficiales de alto rango de los vencedores. Ninguna de estas refriegas se tradujo en tierras ni beneficios para los campesinos y tropas rasas de los ejércitos.
Quizás la que tuvo mayor orientación social fue la Federación, que pudo atraer tras su consigna de "Tierras y hombres libres" a grandes contingentes de campesinos y sectores depauperados de la población. En Morón, su hijo epómmo general Juan José Mora, baluarte de la lucha federalista, fue autorizado por el Ministerio de Fomento mediante la resolución del Ejecutivo Nacional de fecha 25 de junio de 1866 para que distribuyera entre los servidores de la causa Federal las tierras perteneciente a la posesión "Casas de Tejas" cuyos linderos eran los siguientes: por el naciente, terreno de Sanchón, propiedad del general José Félix Mora. Poniente, terrenos de Alpargaten que se dividen en el lugar denominado Piedra de San Vicente, línea recta, norte a sur, a partir del mar hacia las cumbres altas de la serranía. Norte, el mar. Sur, las mismas cumbres altas agua abajo.
confinados al castillo Libertador en Puerto Cabello. Obviamente las tierras en cuestión pasarían al patrimonio de los gobernantes gomecistas.
A raíz de la muerte del dictador Gómez, el estado confisca todas sus pertenencias. La Posesión "Casas de Te/as "pasa a ser propiedad de la nación y como tales son vendidos por el Banco Agrícola y Pecuario, en 1955, al general Mazzei Carta, ministro durante la dictadura de Marcos Pérez Jiménez. Posteriormente el general Mazzei Carta le vende al Ministerio de Minas e Hidrocarburos. En la actualidad estos terrenos responden a diversos dueños, siendo el mayor propietario el Estado venezolano a través de diferentes empresas asentadas en la zona. Un lote de estos terrenos pertenecientes al Ministerio de Energía y Minas fueron cedidos en 1990 a la municipalidad moronense.
El general Mora muere "sin ejecutar aquella medida justiciera embargo, el mencionado decreto fue ratificado por el Presidente en el Consejo de Ministros el 19 de enero de 1987 y a la vez ordena al Presidente del estado Carabobo que proceda al levantamiento de los planos y a las mediciones respectiva para otorgar los títulos de los terrenos, en forma gratuita, a los beneficiarios.
En un par de años se produciría la Revolución Restauradora del general Cipriano Castro y con ella el ascenso de los andinos al poder acabando con la hegemonía de los liberales. Los andinos no sólo acapararían los puestos en la administración pública sino que también obtendrían del régimen, en forma excluyente, todas las prebendas generales por una nación que era manejada como si fuese una hacienda particular, ese fue el sentido que el general Gómez imprimió a su gobierno. No obstante lo anteriormente dicho, para 1910 el registrador principal del estado Carabobo, Francisco Seittiffe da fe de la existencia en sus archivos de la gaceta oficial de 1897 contentiva de la resolución sobre la posesión de "Casas de Tejas".
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